Poison Centres ECHA Obligaciones

¿Me afecta?

El Artículo 45 del Reglamento CLP define como responsables a los importadores y usuarios intermedios que comercializan mezclas peligrosas. En todos los casos, la obligación recae en la entidad jurídica establecida en la Unión Europea que corresponda dentro de la cadena de suministro, lo que significa que un proveedor de la mezcla no domiciliado en la UE no puede sustituir al responsable que sí está domiciliado en la Unión Europea. También es importante tener en cuenta que el cumplimiento de la obligación de notificación es una condición previa para la comercialización de la mezcla; esto puede ser de importancia en los casos en los que la comercialización del producto no la realiza el importador ni el usuario intermedio.

Información revisada en septiembre de 2026.

Las obligaciones de presentación de información a los centros toxicológicos deben analizarse según la clasificación de la mezcla, el papel de la empresa en la cadena de suministro, el uso previsto y los países en los que se comercializa el producto.

Puede encontrarse más información acerca de los diferentes actores de la cadena de suministro y las actividades que conllevan a la obligación de presentación en la Orientación sobre el Anexo VIII.

¿Para qué mezclas tengo que presentar información?

La obligación se aplica a las mezclas comercializadas clasificadas en relación con la salud humana o con peligros físicos.

Téngase en cuenta que los biocidas y los productos fitosanitarios se encuentran dentro del ámbito de aplicación de esta obligación y que los requisitos de presentación de información se aplican además de otras obligaciones derivadas del Reglamento de biocidas y el Reglamento de productos fitosanitarios.

¿Qué mezclas están exentas?

La obligación de presentar información no se aplica a mezclas consideradas peligrosas únicamente debido a riesgos medioambientales. Entre las mezclas exentas de requisitos de presentación se incluyen las siguientes:

mezclas radiactivas
mezclas sujetas a supervisión aduanera
mezclas utilizadas en investigación y desarrollo científicos
medicamentos y productos veterinarios, cosméticos, productos sanitarios y alimentos y productos alimenticios
mezclas clasificadas únicamente como gases a presión y explosivos

Información y documentación necesarias

Cuando procede una notificación PCN, normalmente debe prepararse información armonizada sobre la mezcla, incluida su composición, clasificación y etiquetado, datos toxicológicos, información comercial e identificación del producto. También puede ser necesario generar y consignar el Identificador Único de Fórmula (UFI).

La ficha de datos de seguridad, la formulación, la clasificación CLP, el etiquetado y la información de proveedores deben revisarse de forma coherente antes de preparar la notificación.

¿Necesita revisar una mezcla?

ADR Area Advisers puede ayudarle a analizar si sus mezclas requieren notificación PCN, preparar la documentación técnica necesaria, generar códigos UFI y revisar la coherencia entre clasificación, etiquetado, ficha de datos de seguridad y notificación.

Contacte con ADR Area Advisers para valorar su caso.

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